Obligatoriedad de presentar el Carné de Vacunación

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Con fecha 9 de diciembre de 2021, se publicó el Decreto Supremo N° 179-2021-PCM, en Edición Extraordinaria, mediante el cual se establece que a partir del 10 de diciembre de 2021 será obligatoria la presentación del carné físico o virtual de vacunación contra la COVID-19 para ingresar a espacios cerrados y realizar actividades laborales de carácter presencial, asimismo, se establecen las siguientes disposiciones: 

  • Ingreso a espacios cerrados:

Sin importar el nivel de alerta de las provincias, todas las personas mayores de 18 años deben presentar el carné (físico o virtual) que acredite que cuentan con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19. Serán consideradas válidas las vacunas administradas en el Perú y en el extranjero.

    • Actividad laboral presencial:                                                                                                                                                                                      Sector Privado: Los trabajadores que no cuenten con el esquema completo de vacunación, deberán prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto. En caso la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, el empleador aplicará una suspensión perfecta de labores (sin goce de haberes), salvo que -de común acuerdo con el trabajador- se establezca una licencia con goce de haber. 

El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, podrá establecer supuestos de excepción y disposiciones complementarias.

  • Sector Público: Los trabajadores que no acrediten contar con el esquema completo de vacunación, resultará de aplicación lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 055- 2021, así como las disposiciones complementarias que emita el Ministerio de Salud en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil.
  • Servicio de transporte público y delivery:

Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery) solo podrán operar si acreditan contar con el esquema completo de vacunación.

  • Viajes en transporte aéreo nacional

Los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 18 años, en los cuatro niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan contar con el esquema completo de vacunación. En caso no cuenten con el esquema de vacunación, podrán presentar una prueba molecular negativa cuya fecha de resultado no sea mayor a las 72 horas antes de abordar el vuelo.

La presente resolución entra en vigencia a partir del 10 de diciembre de 2021.

Para mayor información descargar el siguiente enlace de la Resolución, Clic Aquí

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