Regla para calcular la deducción de gastos por intereses

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Informe N° 013-2021-SUNAT/7T0000

La Sunat publicó el Informe N° 013-2021-SUNAT/7T0000, en el cual analiza la deducción de gastos por concepto de intereses prevista en el numeral 1 de inciso a) del artículo 37° de la Ley de Impuesto a la Renta, mediante el cual establece lo siguiente:

“La regla para calcular el límite a la deducción de gastos por intereses prevista en el numeral 1 del inciso a) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta:

  1. Resulta aplicable a los gastos por intereses derivados de las operaciones de créditos efectuadas con sujetos residentes o establecimientos permanentes situados en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, a que se refiere el inciso m) del artículo 44° de la LIR.
  2. Resulta aplicable a los intereses que forman parte de las cuotas que paga el arrendatario en los contratos de arrendamiento financiero.
  3. No resulta aplicable al gasto del cedente en las operaciones de factoring sin recurso.”

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